La Tercera Sala en Nuevo Leon del Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad de diversas multas debido a que la notificación se realizó mediante un citatorio ilegible.
En e los siguientes párrafos les comparto los aspectos relevantes. Les doy el enlace copia íntegra de la sentencia. Click aquí.
En la demanda de nulidad se argumentó que la presentación de diversas declaraciones fue espontánea, que no hubo requerimiento y por lo tanto no resultaba aplicable multa alguna. Al contestar la demanda el SAT acompañó la notificación y el citatorio respectivo, sosteniendo que la presentación de la declaración fue como consecuencia del requerimiento y por tanto el contribuyente era acreedor a las multas que se le impusieron.
Para rebatir lo anterior, se le explicó al tribunal que la notificación fue ilegal porque el citatorio en la parte relativa al día y hora para la cita resultaba ilegible debido a la caligrafía del notificador. Que en consecuencia la notificación era inválida al haberse realizado con una persona que no tenía representación legal. Que como consecuencia de la ilegal notificación, la presentación de la declaración aunque se hizo de forma extemporánea, debía considerarse que se hizo de manera espontánea por lo que no había razón para recibir multa alguna. Tal excepción conforme lo dispone el primer párrafo del artículo 73 del código Fiscal de la Federación para los casos de espontaneidad.
No omito señalar que también impugnamos la inexistencia jurídica de la Subdministración de Control y Vigilancia que realizó el requerimiento así como la falta de tipicidad en la motivación de las multas. Sin embargo el magistrado instructor consideró que la ilegal notificación era suficiente para anular las multas impuestas y que se otorgaba al contribuyente el mayor beneficio.
La moraleja de este juicio es que siempre debemos denunciar cualquier ilegalidad por pequeña que parezca. En otros asuntos hemos peleado que la copia certificada que manda la autoridad a veces es muy borrosa, y también por esa razón se han declarado ilegales las notificaciones.
En la sentencia se reproducen dos precedentes exactamente aplicables, de la Sala Superior del TFJA. Les invito a que lean la sentencia.
La defensa fiscal a fondo, regularmente termina con la anulación de los actos de la autoridad.