PRECLUSIÓN POR REPOSICIÓN. Ocurre en favor del contribuyente, cuando el acto o su conclusión se notifica con posterioridad al plazo para el cumplimiento de sentencia.
Las autoridades que reciban nulidad para efectos deben reponer, dictar y notificar dentro del plazo marcado en la Ley. Si su facultad es discrecional y no lo hace, perderán el derecho. El TFJA algunas veces decreta la nulidad del acto …