Los premios por asistencia y puntualidad. Causan conflictos con el IMSS

El premio por asistencia y puntualidad, prestación en  conflicto con el IMSS.

En los casos que defendemos contra créditos del IMSS por cuotas obrero patronales, es frecuente encontrar como causa de determinación de cuotas, el premio por asistencia y el premio por puntualidad. La Ley del Seguros Social vigente, al igual que las anteriores, considera que tales prestaciones no deben integrar al salario base de cotización dentro de los límites que la ley señala.

La razón del conflicto con el IMSS es una: El premio se  da en forma fija o en forma proporcional a los dias laborados. En esa circunstancia El Instituto lleva las de ganar.

Palabras clave: Cuotas obrero patronales, premio por asistencia, premio por puntualidad, IMSS

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Estrategia:

Se deben establecer las bases del modo en que un trabajadore debe tener derecho al premio, y aplicar ese criterio de forma consistente. La ley no establece requisitos para el premio, esos los puede ajustar  cada patrón o empresa. Durante la autidoría, y aún hasta el recurso de inconformidad, es un momento un poco tarde pero aún oportuno para establecer esas bases.

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Como corolario a lo anterior te dejo estas dos tesis que tocan el tema de los premios por asistencia y puntualidad que corroboran lo expresado respecto a los premios por asistencia y puntaualidad. Si bien los artículos a los que se refiere, corresponden a leyes abrogadas, el actual artículo 27 dice prácticamente lo mismo, por lo que las  tesis son vigentes,

III-TASR-XIII-405

PREMIOS DE ASISTENCIA. SI SE OTORGAN DE UNA MANERA FIJA Y PERMANENTE, SI FORMABAN PARTE INTEGRANTE DEL SALARIO BASE DE COTIZACION CONFORME A LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 32 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL VIGENTE EN 1990.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 32 inciso e) de la Ley del Seguro Social vigente en 1990, no se tomaban en cuenta para la integración del salario base de cotización, los premios de asistencia; sin embargo, si del Contrato Colectivo de Trabajo de una empresa, se advierte que los premios de puntualidad y asistencia, constituyen un elemento que se otorga de manera general y permanente, al señalarse que serían pagados a través de nómina una vez por semana, resulta evidente que tal prestación es fija y permanente, y por tanto, constituye una prima, la cual sí formaba parte del salario base de cotización.(24)

I-TS-7861

PREMIOS DE PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA. No incrementan el salario para efectos del seguro social. Las prestaciones que se otorgan a los trabajadores por concepto de premios de puntualidad y asistencia, no son retribuciones por servicio ordinario prestado, ni tienen relación con la eficiencia, calidad, cantidad e importancia del servicio que presta cada trabajador, los pagos de dichos incentivos se cubren en función exclusivamente del interés que demuestre el propio trabajador premiado, con el sólo hecho de asistir siempre a sus labores y presentarse puntualmente. De tal manera que tales premios no pueden considerarse incluidos en la definición de salario que se hacía en el artículo 84 de la Ley Federal del Trabajo vigente hasta el 30 de abril de 1970.

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