Se ordena a la UIF Desbloqueo de Cuentas Bancarias por Caducidad Procesal.

Ilegal Notificación de la UIF origina también se declare ilegal el Bloqueo de las Cuentas Bancarias por Caducidad Especial.

La demanda de este caso fue elaborada  por nuestro respetado colega y amigo el fiscalista Ricardo Cárdenas.  Felicidades por tan contundente victoria. Al final les compartimos el enlace para que descarguen la sentencia íntegra de este asunto. Les invito a suscribirse a nuestra carta semanal. Solo anoten su correo (ver sección la derecha de esta artículo).

Palabras Clave: Notificaciones, Caducidad Especial.

Les damos los pormenores del caso

  1. La UIF incluyó a una persona en la lista de personas bloqueadas.
  2. El Banco notificó al cliente que por instrucciones de la UIF se le habían bloqueado las cuentas
  3. El afectado acudió a la UIF que en ese entonces dirigía Santiago Nieto y ofreció las pruebas para demostrar el origen de sus depósitos bancarios y de su actividad económica.
  4. De acuerdo con la Ley, la UIF tenía 10 días para emitir una resolución respecto a si desbloqueaba o no las cuentas bancarias y 10 días más para notificarle al afectado.
  5. En este caso, la UIF consideró insuficiente las pruebas para desbloquearlo y en 2020 notificó de forma irregular lo que no le permitió al afectado, ejercer su garantía de defensa  y juicio justo.
  6. En el ínter, el afectado  solicitó a la UIF le notificaran la resolución completa para conocer las razones. No lo hicieron.
  7. En 2022 (dos años y medio  después) se presenta demanda de nulidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, demandando desconocer el contenido de la resolución mediante la cual la UIF de Santiago Nieto, consideró que no se aportaron pruebas suficientes para levantar el bloqueo de las cuentas bancarias; también se alegó que se debía declarar LA CADUCIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE BLOQUEO.
  8. LA UIF de defendió con todo, alegando incluso que por «austeridad republicana» (verídico, lo pueden leer en la sentencia), pues no pudieron cumplir los tiempos legales.

En conclusión, se declaró ilegal la notificación y en cascada, tal como fue solicitado en la demanda, se declaró la caducidad del procedimiento de bloqueo ORDENANDO A LA UIF desbloquear la cuenta.

En mi opinión, la defensa de Ricardo refleja acuciosidad en el planteamiento de la violación. Lo que dió como resultado una sentencia favorable. Por más que el gobierno también hizo buenos argumentos, Ricardo fue mejor. Por el tiempo transcurrido y por ciertas actuaciones, el caso estaba complicado, sin embargo, el juez supo recoger la esencia del agravio y hacer que preservaran las garantías del 14 y 16 Constitucionales. Los análisis que se plasman en la sentencia respecto a la ilegalidad de la notificación y a la caducidad del bloqueo,  son de excelente lógica argumentativa. Les invito a que la lean y estudien con detenimiento.

Para los estudiosos del derecho administrativo  les comparto, con autorización de Ricardo, la sentencia íntegra salvados los datos personales.

Click aqui para ver y descargar la sentencia

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